martes, diciembre 23, 2014

Alimentos biológicos.... Va a ser que no (II)



Voy a cambiar de tercio para comenzar con un punto que bajo mi punto de vista es a la par más importante y más grave. Hasta aquí, no hay más que un divertido show ecologista, sin base científica real que genera espectáculos circenses cuando pretenden justificar sus “principios” o creencias. Pero resulta que si a mí, como responsable general de la seguridad alimentaria de la UE, me presentan un papelucho como el de esta ley, no lo apruebo nunca porque nos describe un producto peligroso desde el punto de vista de la salud del consumidor. Directamente y sin matices. PELIGROSO. Algo que no es tolerable de ninguna manera. Empecemos con uno de los denominados “principios generales de la agricultura biológica” recogidos en el panfleto legal. Concretamente en el artículo 4:

The appropriate design and management of biological processes based on ecological systems using natural resources which are internal to the system by methods that (…) are based on risk assessment, and the use of precautionary and preventive measures, when appropriate” (Traducción: “El apropiado diseño y administración de procesos biológicos sustentados en sistemas ecológicos usando recursos naturales que son internos al sistema por métodos que (…) están basados en la valoración del riesgo, y la aplicación de medidas de precaución y preventivas cuando sea necesario”)  


Muy bonito, precioso, con fuerza. Excelente. Simplemente por precaución dejemos también de consumir por ejemplo mayonesa en verano por la salmonela, viajar en nuestros flamantes coches por la opción de sufrir un accidente o cocinar con aceite hirviendo por peligro de quemaduras. Si leyéramos los prospectos, no consumiríamos medicamentos cuando estuviéramos enfermos, no saldríamos a la calle en días de tormenta por si nos alcanza un rayo ni utilizaríamos el avión para irnos a nuestras idílicas vacaciones, no vaya a ser que se estrelle. Es más, sacrifiquemos a todos nuestras mascotas caninas, no vaya a ser que un día se les crucen los cables y muerdan a alguien. Con lo cual, empezamos mal. Bastante mal teniendo en cuenta que en función de la persona que esté rigiendo nuestros destinos desde un despacho en Bruselas, el principio de precaución puede justificar acciones totalmente opuestas entre sí.

Pero la cosa no se queda ahí y se torna poco después muy oscura:

(Artículo 14, apartado “e”) Disease shall be treated immediately to avoid suffering to the animal; chemically synthesized allopathic veterinary medicinal products including antibiotics may be used where necessary and under strict conditions, when the use of phytotherapeutic, homeopathic and other products is inappropriate (…).

Traducido: “La enfermedad será tratada inmediatamente para evitar el sufrimiento animal. Los productos alopáticos sintéticos de medicina veterinaria incluyendo antibióticos podrían ser utilizados cuando sea necesario y bajo unas estrictas condiciones, cuando el uso de productos fitoterapéuticos, homeopáticos u otros es inapropiado(…).


Espectacular… ¡esto es Disneyland! Nos están diciendo que autorizan la utilización de la homeopatía en el tratamiento de enfermedades veterinarias, concediéndole la condición de PRIMERA OPCIÓN frente a todos los medicamentos disponibles. Es decir, nuestro amigo ganadero tiene una vaca lechera o de carne con cualquier enfermedad y, para ver si mejora, le da una pildorita homeopática compuesta 100 % a base de nada. Luego, cuando el pobre animal se encuentre en fase terminal (a la que muy probablemente llegará si la dolencia es grave), le doy un antibiótico por motivos éticos (no vaya a ser que sufra) y porque soy biológico 100%. Así tenemos una vaca menos y una posible epidemia en ciernes por no haberla atajado a tiempo. Me rio yo de cómo fue la magnitud de la Encefalopatía Espongiforme Bovina (enfermedad de las vacas locas, en su nombre más conocido) en los años 90, si todos los ganaderos ingleses hubieran sido biológicos a lo europeo del año 2007… Además, si tenemos que aplicar el principio de prevención, ¿por qué en esta ley algo frente a lo que no hay prueba alguna de su efectividad (por si todavía no te has dado cuenta, sigo hablando de la homeopatía) se promociona explícitamente? (http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/23163497, por poner un ejemplo reciente). Dejo la respuesta abierta a múltiples interpretaciones.


Aunque no sé por qué no me extraña, resulta que en España somos todavía más inteligentes que nuestros amigos europeos. En estas que hace unos meses se publica el reglamento español sobre agricultura biológica que acoge a la normativa europea. Más bien una actualización del que se publicó hace 2 años con este fin (Reglamento de Ejecución (UE) No 505/2012). Debido a un desafortunado e inesperado despiste, de esos que nunca pasan en la administración del estado, el funcionario de turno se olvidó de pasar al ordenador el punto referente a la homeopatía, con lo que ahora, algunos años después, se subsana el error… introduciendo la susodicha burrada. Este es mi país. Qué orgulloso estoy:  

(…)En la redacción modificada del artículo 24, apartado 2, del Reglamento (CE) no 889/2008, «los productos homeopáticos» se habían omitido por error. Dado que estos productos figuraban en dicha disposición antes de la modificación en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) no 505/2012, es necesario volver a incluirlos. 

Por lo que evidentemente: 
 
En el artículo 24, el apartado 2 se sustituye por el siguiente texto: «2.Se dará preferencia para el tratamiento a los productos fitoterapéuticos y homeopáticos, a los oligoelementos y a los productos contemplados en el anexo V, parte 1, y en el anexo VI, parte 3, frente a los tratamientos veterinarios alopáticos de síntesis química o los antibióticos, siempre que aquellos tengan un efecto terapéutico eficaz para la especie animal de que se trate y para las dolencias para las que se prescribe el tratamiento.».

Es verdad. Se me olvidaba que si está suficientemente justificado, según el punto 22  (que analizamos en la anterior entrada) podemos introducir modificaciones excepcionales. Evidentemente, cómo vamos a dudar de ello, los “expertos” europeos (y posteriormente, los españoles), totalmente independientes y ajenos a presiones “lobbísticas”, ya han estudiado la abrumadora ausencia de efectividad de la homeopatía. Pero claro, debido a que según el principio de prevención del artículo 4, la homeopatía (es decir, la bolita de sacarosa y/o lactosa) no produce contraindicaciones (al menos, no más que respirar), podemos y debemos promocionar su uso frente a los peligrosos productos malignos que nos venden en las farmacias. Desde luego, cómo osé poner en tela de juicio la legalidad… 

Alguien podría decirme: “Bah, estás exagerando. Si algo así fuera tan perjudicial, se verían por ejemplo más alertas alimentarias y… bla, bla, bla”. Espera un segundo… ¡Anda! ¡Qué curioso! Resulta que si comparamos el modelo no biológico de producción con el que sí lo es, las alertas de este último son bastante más elevadas (y en muchos casos graves) en relación al volumen de venta/consumo de una y otra. De hecho, sin ir más lejos, todos tenemos todavía en mente el brote de síndrome urémico hemolítico de 2011 (la mal llamada “crisis del pepino” ya que no fue debida a los mismos) donde los fallecidos se contabilizaron por decenas (32 en total) y se registraron más de 3800 afectados en 16 países distintos a ambos lados del atlántico (http://www.ncbi.nlm.nih.gov/pubmed/21696328). El principal foco fue unos brotes de soja germinados de una granja de cultivo biológico Alemana (http://www.elmundo.es/elmundosalud/2011/06/11/nutricion/1307804930.html).

Del mismo modo tengo que expresar mi preocupación ante los dos brotes de gripe aviar en granjas ecológicas holandesas de 2011 (http://es.reuters.com/article/topNews/idESMAE74B11220110512) y 2013 (http://www.magrama.gob.es/ministerio/pags/Biblioteca/Revistas/pdf_NDE%2FNDE_2013_304.pdf) que afectaron a decenas de miles de gallinas. Más que nada, temo ante la posibilidad de que el avicultor 100% biológico trate de medicar con el placebo homeopático a las gallinas antes de declarar una alerta, que se contagie y nos transmita su tan preciado virus biológico.


Por si fuera poco, hay una especie de oscurantismo a la hora de encontrar una relación de las alertas alimentarias y la información acerca de las mismas en lo referente al mundo de la alimentación ecológica. Curiosamente, en el anuario del portal europeo para las alertas alimentarias (Food and Safety alerts -RASFF-) (http://ec.europa.eu/food/safety/rasff/index_en.htm) sólo podemos encontrar alguna referencia (http://ec.europa.eu/food/safety/rasff/docs/rasff_annual_report_2010_en.pdf), hasta edición del 2010 con lo que, entre otros, el “pepino español” y los pollos con gripe aviar anteriormente nombrados se ven ignorados en las sucesivas ediciones y se quedan tan anchos. A veces dan ganas de pensar mal con semejante chapuza de informe. ¿O es que no se consideran alertas? El siglo XXI quizá me despiste un poco…


En cualquier caso, en esa misma página web se puede acceder a un buscador, más que limitado en cuanto a detalles aunque más que suficiente para lo que pretendo mostrar, de los eventos alimentarios más significativos de los últimos años (https://webgate.ec.europa.eu/rasff-window/portal/). Con el fin de dar un formato, realicé una búsqueda a mediados de diciembre del 2014, introduciendo en el apartado “Subject” la palabra “organic” para obtener los eventos relacionados con la alimentación biológica o dejándolo vacío para obtener la totalidad de los eventos en Europa. Así mismo, fui apuntando la cantidad acontecida de cada grupo en función del tipo de peligro (menú desplegable “Hazard category”) y en dos periodos de tiempo (2002-2010 y 2011-2014, momento este último del comienzo del auge de la mesa 100% orgánica), obteniendo unos resultados más que interesantes a la par que preocupantes  (Figura 1). Si tenemos en cuenta que hoy por hoy la alimentación biológica europea no representa más que entre el 1,5 y el 2% del mercado alimentario total en Europa (http://www.organic-world.net)(Línea roja discontinua de la figura 1), me resulta difícil de imaginar que el porcentaje de los eventos alimentarios no sea, cuando menos, bastante semejante porcentualmente. Y en la mayor parte de los casos afortunadamente es así o inferior. Sin embargo, los sucesos relacionados con biotoxinas y contaminantes industriales en el periodo 2011-2014 representan un 7,07 y un 8,86 % del total, siendo además claramente superiores al porcentaje conjunto de los 8 años anteriores (2002-2010).

Figura 1. Porcentaje del número total de avisos o eventos relacionados con la alimentación biológica con respecto al total de los mismos (eje de ordenadas), divididos por categorías de peligros (eje de abscisas) y durante dos periodos distintos 2002-2010 (columnas grises) y 2011-2014 (columnas verdes). La línea roja horizontal truncada corresponde a la tasa de mercado europea de los productos biológicos. Como se puede observar, los eventos causados por biotoxinas y contaminantes industriales son mucho más numerosos de lo que correspondería por tasa de mercado (Fuente: RASFF portal, Diciembre 2014)

Es decir, que aquel producto que huye de la producción industrial definiendo a ésta como el diablo de la alimentación actual resulta que representa casi un 9% de las notificaciones por residuos industriales de toda Europa. Y todo por un módico precio de … ah! No espera. Que puede llegar a ser el doble de caro. Se me olvidaba. 


Figura 2. Porcentaje del número total de alertas alimentarias relacionados con la alimentación biológica con respecto al total de los mismos (eje de ordenadas), divididos por categorías de peligros (eje de abscisas) durante el periodo 2011-2014. La línea azul horizontal truncada corresponde a la tasa de mercado europea de los productos biológicos. Como se puede observar, las alertas por biotoxinas, contaminantes industriales, etiquetado, micotoxinas, curpos extraños y residuos de pesticidas son mucho más numerosos de lo que correspondería por tasa de mercado (Fuente: RASFF portal, Diciembre 2014)



Más aún, si acotamos un poco más y representamos únicamente el porcentaje de alertas alimentarias emitidas por la Unión Europea y no todas las notificaciones en general, obtenemos una imagen como la de la figura 2. Es preciso recordar que por alerta alimentaria entendemos “toda situación de emergencia relacionada con la detección en un alimento de un contaminante microbiológico o químico que represente un peligro para la salud de los consumidores". Fuerte, ¿no? Pues si excluimos el único caso de 10 con respecto al etiquetado incorrecto/incompleto/ausente, “Labelling absent/incomplete/incorrect (ya es mala suerte que de 10 casos en 4 años, uno sea de alimentos biológicos… y eso nos dé como resultado el 10% de las alertas), vemos que el dantesco escenario, lejos de suavizarse, se agrava. Las notificaciones por biotoxinas y por contaminantes industriales que antes destacábamos se traducen consecuentemente en un número de alertas por encima de lo esperado (3,03 y 5,45 % respectivamente) y algún que otro “invitado” de excepción aparece en la función, como las micotoxinas -Mycotoxins- (6,41%) y (oh! Qué casualidad!) residuos de pesticidas -Pesticide Residues- (4,3%). Expresándolo con otras palabras: un tipo de alimento que representa entre el 1,5 y el 2% del mercado absoluto, provoca un número de alertas alimentarias en torno a 2 veces superiores a lo esperado en concepto de pesticidas y residuos industriales, y hasta 3 veces superiores en cuanto a toxinas por hongos. Para completar el producto, lo aderezo todo con unos cuantos cuerpos extraños en su composición (Foreign Bodies, 4,13%), y terminamos promocionando unos alimentos biológicos totalmente libres de químicos. Ver para creer.


Se me ocurre una pregunta muy capciosa: ¿qué ha ocurrido en estos últimos 4 años para que la alimentación biológica presente semejantes cifras de inseguridad? Tenemos una respuesta bastante fácil: decir que la irrisoria normativa que estamos analizando entró en vigor en el año 2007, con lo que el resultado de la misma lo estamos padeciendo, parece ser, unos añitos después. ¿Y qué es lo que dice/hace la Unión Europea? Para darle una vuelta de tuerca más al asunto, es interesante destacar que, si por un solo instante de decadencia cognitiva que me llevara a los abismos de la incultura religioso-mística, la aceptara como una legalidad válida y consecuente, la UE alias nuestra nueva “mamá multinacional” de todos los europeos,  ¡seguiría incumpliendo sistemáticamente sus propios preceptos! Veamos lo que dice el REGLAMENTO (CE) No 178/2002 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 28 de enero de 2002 sobre la seguridad de los alimentos y de los piensos (http://europa.eu/legislation_summaries/consumer/consumer_information/f80501_es.htm#amendingact)(Cita textual de la versión en castellano):  
    Artículo 6
Análisis del riesgo
1.Con el fin de lograr el objetivo general de un nivel elevado de protección de la salud y la vida de las personas, la legislación alimentaria se basará en el análisis del riesgo, salvo que esto no convenga a las circunstancias o la naturaleza de la medida legislativa.
2. La determinación del riesgo se basará en las pruebas científicas disponibles y se efectuará de una manera independiente, objetiva y transparente.
3. Con objeto de alcanzar los objetivos generales de la legislación alimentaria establecidos en el artículo 5, la gestión del riesgo tendrá en cuenta los resultados de la determinación del riesgo y, en particular, los dictámenes de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria mencionada en el artículo 22, el principio de cautela cuando sean pertinentes las condiciones mencionadas en el apartado 1 del artículo 7, así como otros factores relevantes para el tema de que se trate.
     Artículo 7
Principio de cautela
1. En circunstancias específicas, cuando, tras haber evaluado la información disponible, se observe la posibilidad de que haya efectos nocivos para la salud, pero siga existiendo incertidumbre científica, podrán adoptarse medidas provisionales de gestión del riesgo para asegurar el nivel elevado de protección de la salud por el que ha optado la Comunidad, en espera de disponer de información científica adicional que permita una determinación del riesgo más exhaustiva.

2. Las medidas adoptadas con arreglo al apartado 1 serán proporcionadas y no restringirán el comercio más de lo requerido para alcanzar el nivel elevado de protección de la salud por el que ha optado la Comunidad, teniendo en cuenta la viabilidad técnica y económica y otros factores considerados legítimos para el problema en cuestión. Estas medidas serán revisadas en un plazo de tiempo razonable, en función de la naturaleza del riesgo observado para la vida o la salud y del tipo de información científica necesaria para aclarar la incertidumbre y llevar a cabo una determinación del riesgo más exhaustiva.

Sobra decir que la información acerca de estas alertas las gestionan nuestros queridos eurocomisarios, las vuelcan en el portal RASFF y a vivir la vida. Ni un solo análisis de riesgo que se potencia con una doble moral a la hora de aplicar el tan dudoso éticamente principio de cautela: mientras que las cifras y las incoherencias invitarían a aplicar este postulado con la alimentación biológica en pos de conseguir una mejora de su calidad y seguridad, directamente hacemos todo lo contrario. Es decir, promocionamos hasta la saciedad esta comida para las clases sociales altas (comida de ricos, como he recalcado en varias ocasiones), de tal forma que las ganancias económicas se dupliquen con un producto cuando menos (y siendo muuuy positivo) tan malévolo, artificial e insostenible como los industriales “tradicionales”. Y por otro, para no cargarnos el chiringuito que hemos montado, aplicamos este mismo principio en otros alimentos como los transgénicos (GMOs), tan capaces de hacernos la competencia y con un enorme y apabullante contexto empírico que justifica con creces su seguridad. Esto último nos lleva a un menoscabo de la competitividad e independencia europea en cuanto a lo que la alimentación de vanguardia se refiere que, curiosamente, es uno de los incumplidos objetivos ideológicos de la alimentación biológica. Pero esto último es carne (no biológica) de otra entrada, con lo que hasta aquí extenderé mis reflexiones.

Nada más, como colofón terminaré diciendo que si en algún momento te interesas querido lector por la alimentación biológica, huye de las supuestas verdades reveladas por autodenominados gurús/impostores de lo natural que rodean tan frecuentemente lo orgánico, exige unos mínimos estándares de calidad por lo que compras y evita los abusivos precios que multinacionales como la Unión Europea trata de imponernos sin motivo alguno para el beneficio de ciertos grupos lobbísticos. Y por supuesto, come de todo pero equilibrado, haz deporte y lleva una vida activa, que eso te asegura una buena salud y sí que está demostrado científicamente.